Habitantes del valle bajo del Marañón, en el distrito de Parinari, Loreto, a unas ocho horas de Iquitos, los kukama toman agua del río que está contaminada con petróleo y comen pescado que contiene mercurio. Así lo denuncia Mariluz Canaquiri, mujer kukama y activista ambiental desde hace más de treinta años. Los constantes derrames de petróleo en la zona, debido a la ausencia de mantenimiento del Oleoducto Norperuano (ONP), han llevado a las comunidades que viven allí a iniciar un proceso legal en defensa de los derechos del río y la naturaleza. Esta es su lucha.
Por Nicolás La Torre
A raíz de la contaminación con residuos del río Nanay, en Loreto, una sentencia del Tribunal Constitucional de agosto de 2023 admitió que la naturaleza tiene valor en sí misma. El constitucionalista Juan Carlos Ruiz señala que este fallo no tiene precedentes en el Perú.
Conocida como la sentencia del caso Punchana, se trata de un precedente a tener en cuenta en el proceso legal por el que hace más de tres años se busca declarar sujeto de derechos al río Marañón, según la defensa legal de los kukama. El río tiene un valor fundamental en la vida cotidiana y espiritual de las comunidades indígenas amazónicas.
Valoremos qué significa el caso Punchana. En agosto del año pasado, la sentencia del TC (Nº322-2023) ordenó al Gobierno Regional de Loreto, la Municipalidad Provincial de Maynas, entre otras entidades del Estado, el cese del vertimiento de aguas residuales y desechos en alcantarillas a cielo abierto, y disponer el recojo de residuos sólidos en el distrito de Punchana, Iquitos.
La sentencia también constató, por un lado, que la contaminación es provocada por los desechos provenientes del camal municipal y el Centro de Salud Loreto III, que propagan enfermedades infecciosas. Por otro lado, el fallo concluye que las entidades de gobierno regional y municipal no han cumplido con habilitar servicios básicos a esta población.
“Con la sentencia de Punchana, el Tribunal Constitucional brinda un contenido a esta cuestión doctrinal abstracta (los derechos del río), exige obligaciones a las autoridades, como detener el vertimiento de residuos en función de sostener un ambiente sano”, apunta Delia Muñoz, abogada constitucionalista y especialista en gestión de conflictos ambientales en la Amazonía.
El caso del río Marañón
A 160 kilómetros al sur de Punchana, 28 comunidades indígenas amazónicas kukama, representadas por la Federación de Mujeres Huaynakana, iniciaron en noviembre del año pasado el juicio de acción de amparo para que el Estado peruano reconozca al río Marañón, según su valor intrínseco, como sujeto de derechos.
Las condiciones de vida para los kukama, según Mariluz Canaquiri, presidenta de dicha federación, están profundamente afectadas por los constantes derrames de petróleo del Oleoducto Norperuano (ONP) de Petroperú.
En informe de 2023, Petroperú reconoce 82 casos de corrosión en el Oleoducto Norperuano en el último decenio, nueve de estos en la provincia Datem del río Marañón.
“Antes de la explotación petrolera, el río estaba sano, había muchos peces y animales; pescábamos, comíamos y tomábamos el agua del río sin preocupación”, recuerda Canaquiri, quien lleva más de 30 años como activista ambiental en defensa de la Amazonía. “Ahora el agua está contaminada de mercurio”, denuncia.
La Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN) alertó en 2021 que la región de la cuenca amazónica, atravesada por el Marañón, está en peligro. Y esta situación pone en riesgo el bienestar de 28 comunidades amazónicas, la integridad de Reserva Nacional de Pacaya Samiria, así como la vida de más de 1000 especies vertebradas y 449 tipos de aves.
La UICN resalta que el río Marañón es considerado un lugar estratégico para proyectos energéticos y extractivos. Petroperú instaló hace 50 años el Oleoducto Norperuano, que atraviesa 306 kilómetros del Marañón. Este ducto lleva petróleo a Piura desde las orillas del río.
A través de una solicitud de acceso a información, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) reportó en la región Loreto, en los primeros seis meses del 2023, tres emergencias ambientales vinculadas a infracciones por hidrocarburos y derrames de petróleo, todas causadas por las tuberías del oleoducto.
“Si Petroperú hiciera el mantenimiento del oleoducto, no habría problema”, enfatiza Juan Carlos Ruiz, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL) y encargado de la defensa de los kukama. Ellos demandan a Petroperú por la no preservación del ducto y le exigen un nuevo plan de atención y mitigación ante emergencias ambientales.
El valor del río Marañón y la defensa de los derechos fundamentales
Según la argumentación de los demandantes, los pueblos kukama exigen el reconocimiento de sus derechos fundamentales a la identidad cultural y a vivir en un ambiente equilibrado y adecuado, a través de la vigencia de derechos del río Marañón.
Canaquiri sostiene respecto al valor de los ríos, ligado a su cosmovisión, que son el corazón de la vida, son gente, tienen el espíritu de la Purawa (gran boa) que mantiene con vida y alimenta a los pueblos; así como alberga debajo del agua a seres a quienes llaman hermanos.
El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en su artículo 13 indica que los gobiernos deberán respetar la cultura y valores espirituales de los pueblos, así como la relación con sus territorios. El pueblo kukama ha solicitado que se respete este tratado, al que el Perú está suscrito.
Ruiz señala que lo característico de este petitorio implica reconocer derechos al río Marañón, no solo protegerlo como una reserva natural, sino que “el río tendría derecho a no ser contaminado y a ser atendido en caso de contaminación”.
La demanda sostiene otros tres petitorios; primero, la participación y capacidad de decisión de las comunidades en comités de administración de recursos hídricos; segundo, que el Estado reconozca a los kukama como guardianes y defensores del río y sus intereses; por último, la elaboración de un proyecto efectivo de mantenimiento del Oleoducto Norperuano.
El Centro de Derecho Ambiental de Canadá emitió una opinión jurídica en 2021 a la Corte Superior de Justicia de Loreto. Allí remarcó el compromiso asumido por el Estado peruano desde que suscribió la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de Pueblos Indígenas (DUNDPI) en 2007.
La opinión jurídica canadiense manifiesta la viabilidad de nombrar guardianes del río a los kukama, como ya ha ocurrido en la Columbia Británica con las Naciones Originarias canadienses.
Lhaka Honhat, el quiebre en Latinoamérica
En Argentina, el caso Lhaka Honhat marcó un precedente, asegura Ruiz. Las comunidades indígenas del norte, en Salta, demandaron el respeto al derecho fundamental a vivir en un ambiente equilibrado y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reconoció su territorio. Es el mismo principio que el TC utilizó en la sentencia de Punchana y bajo el que buscan proteger al río Marañón y a los kukama.
Según la CIDH, el Estado argentino tiene la responsabilidad de reivindicar territorio nativo a causa de la alteración de la vida indígena causada por la industria ganadera que provocó la tala de árboles, y restringió el acceso tradicional de los pobladores de la zona a comida y agua.
“Con la sentencia de Punchana, de agosto de 2023, el Tribunal Constitucional reconoce algo que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya había hecho en 2020”, sostiene Juan Carlos Ruiz, abogado especialista en conflictos ambientales. Esto implica la defensa del derecho fundamental a un ambiente sano, el respeto del territorio indígena, el derecho a la identidad cultural y la protección del medio ambiente.